miércoles, 22 de abril de 2009

Reglamento dispuesto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 para la cobertura periodística de la causa "Riveros, Santiago y otros"


1. Es requisito excluyente que los medios de comunicación que tengan intención de
realizar la cobertura periodística del juicio oral soliciten la acreditación
correspondiente del Tribunal.

2. Esa acreditación estará a cargo del área Prensa del Centro de Información
Judicial y los interesados en obtenerla –con el expreso aval de un responsable
jerárquico del medio- deberán dirigir un correo electrónico a cij@cij.csjn.gov.ar
o comunicarse con el teléfono 4-370-4809 o 4-371-2313.

3. Los periodistas acreditados deberán respetar las normas adecuadas de ingreso y
permanencia que establece el tribunal para el público en general.

4. El periodista que ingrese en la sala se compromete a asistir en carácter de
oyente, a ocupar exclusivamente el sector destinado a la prensa y a no interferir
en el desarrollo del juicio oral. A su vez, se obliga a no realizar comentarios en
directo desde la sala de audiencias durante el juicio.

5. Las consultas, entrevistas o preguntas a las partes y testigos no podrán realizarse
dentro del ámbito del tribunal, pudiendo hacerlo sólo en el exterior del edificio.

6. El Tribunal autoriza la toma de registros fotográficos, de audio y la televisación
de los siguientes actos:
· Actos iniciales del juicio (artículos 374 y 378 del C.P.P.N.)
· Discusión final: los alegatos (artículo 393 del C.P.P.N)
· Lectura de sentencia, en su parte dispositiva y fundamentos (artículo
400 C.P.P.N)
· Todo otro acto que sea autorizado por el Tribunal.

7. Teniendo en cuenta el limitado espacio físico de la sala de audiencias asignada
para el juicio oral, en caso de presentarse dificultades para el desarrollo del
juicio por la presencia de la totalidad de los medios presentes, los actos
descriptos en el punto 6 serán trasmitidos de manera íntegra por el estatal Canal
7 y tendrán además cobertura fotográfica de la agencia oficial de noticias Télam,
pudiendo el resto de los medios obtener registros de audio.

8. Los periodistas de los medios gráficos podrán presenciar todas las instancias del
juicio limitándose a tomar notas.

9. Durante el resto de las instancias procesales no incluidas en las mencionadas en
el punto 6, está prohibido captar imágenes con teléfonos celulares, mini cámaras
y/o a través de cualquier otro medio, así como grabar registros de audio.

10. Una vez comenzado el juicio oral, la prensa acreditada sólo podrá entrar y salir
de la sala guardando la debida discreción y siempre que no afecte el normal
desarrollo del debate. En caso contrario, quien se retire, no podrá volver a
reingresar hasta el cuarto intermedio siguiente.

11. Todas las comunicaciones del Tribunal se efectuarán por intermedio del Área
Prensa del Centro del Información Judicial, cuyos datos fueron consignados en
el punto 2.

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