martes, 19 de mayo de 2009

La presidente del Tribunal Oral Federal Número Uno de San Martín agravia las víctimas y testigos de la causa Avellaneda y obstaculiza la prueba de los delitos que configuraron el Genocidio argentino



Desde el 27 de abril de 2009, treinta y tres años y doce días después de producido el secuestro del Negrito Avellaneda y su mamá Iris, se lleva adelante el Juicio Oral contra los Genocidas Generales Rivero y Verplaetsen y otros complices del hecho.

El Tribunal Oral Federal que preside la Dra. Larrandart no ha dejado de agraviar a las víctimas sobrevivientes y testigos del caso, haciendo caso omiso de los compromisos internacionales del Estado argentino de proteger las víctimas y testigos del Genocidio de todo agravio físico u oral que –al reproducir la lógica justificatoria del Terrorismo de Estado- los vuelva a victimizar invirtiendo el sentido reparatorio de estos juicios, cuestión que no solo atañe a la sentencia, sino a todo su procedimiento y publicidad efectiva.

Puntualmente, y sólo para dar dos ejemplos, la Dra. Larrandart permitió que una de las abogadas de la defensa le preguntara a Iris Avellaneda la frecuencia horaria con que le era aplicada la picana eléctrica, pregunta que no tiene sentido jurídico alguno dado que el dato es irrelevante puesto que la pena por torturas no se gradúa por frecuencia horaria ni por ninguna otra variante, constituyendo la pregunta, de por sí, un agravio a la víctima y un intento evidente de mortificarla psicologicamente con el recuerdo del horror vivido

Pero la actuación de la Dra. Larrandart fue aún más grave ante la protesta de la tía del Negrito, la compañera Arsinoe Avellaneda, quien se hizo cargo de la hermana del Negrito cuando éste fue asesinado, su mamá encarcelada y su papá perseguido por la dictadura y que fue quien emprendió la búsqueda de Iris y del Negrito desde el momento mismo en que el Grupo de Tareas se retiró del hogar de los Avellaneda.

Luego de relatar minuciosamente todas las gestiones realizadas y cómo fueron encontrando cada pista que permitió reconstruir la verdad del operativo clandestino realizado bajo el mando operacional de los Generales nombrados, harta de ser repreguntada una y otra vez por la abogada defensora sobre el aspecto del genocida Aneto (que Arsinoe reconoció en rueda judicial en 1984 según consta en el expediente que la Dra. Larrandart debería conocer) la compañera se dirigió a la presidenta del Tribunal para recordarle que con 81 años de edad y tras treinta años de lucha por la Justicia se merecía otro trato que el manoseo al que estaba siendo sometida, fue la propia Dra. Larrandart la encargada de amonestar a la testigo, reprocharle que “sin pruebas no habriá castigo” y exigirle bajo amenaza que vuelva a describir al genocida en un acto de revictimización de la testigo que borra con el codo todo lo escrito y acordado por el Estado argentino en los últimos años sobre el modo de tratar a las víctimas y testigos del Genocidio.

Para más, informada en la audiencia siguiente por el abogado de la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que la misma Arsinoe había sido interpelada y hostilizada por la misma abogada defensora al finalizar su testimonio, la Dra. Larrandart se limitó a un escueto llamado a las partes a no realizar comentarios sobre la causa.

Congruente con este accionar violatorio de las garantías procesales para las víctimas del Terrorismo de Estado, la Dra. Larrandart no ha dejado de obstaculizar la labor de las querellas y la propía Fiscalía cada vez que éstas intentaron desplegar la estrategia jurídica explicitada al momento de pedir la elevación a Juicio de la causa, esto es, comprender el asesinato del Negrito Floreal y el secuestro de su mamá Iris, dentro de un contexto histórico que desde la Causa 13 (Juicio a la Junta de Comandantes) para acá, nadie se había atrevido a cuestionar: Plan de Exterminio, Terrorismo de Estado, Imposición de un modelo neoliberal del sistema capitalista, Exterminio de un Grupo nacional para reorganizar radicalmente el país a favor de los grupos de Poder, etc.

Limitar las preguntas de los querellantes al caso exclusivo de la investigación del Negrito Avellaneda y su mamá, sin permitir demostrar que la comisaría de Villa Martelli fue un centro clandestino de detención y tortura, diluye la prueba de la existencia del genocidio que perpetró la dictadura y coarta el derecho de la familia y demás querellantes a una investigación plena, que abarca no sólo lo padecido por la familia sino por todos los que pasaron por identica situación

La obstinación de la presidenta del Tribunal en tratar el caso como una cuestión individual viola la verdad histórica, contradice todo lo acumulado en estos Juicios y se convierte en el principal obstaculo que encontramos en nuestra búsqueda de Justicia que no es de hoy ni de ayer sino desde el momento mismo, abril de 1976, en que el Dr. Julio Viaggio, presidente honorario de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, presentó el primer Habeas Corpus y comenzó a acumular elementos de prueba para un Juicio que no permitiremos que se transforme en un remedo de Justicia.

Si es necesario continuaremos nuestro reclamo ante todas las instancias nacionales e internacionales hasta conseguir Justicia para el Negrito Avellaneda, comenzando por poner en conocimiento del Consejo de la Magistratura los hechos que aquí señalamos suscintamente y que nos agravian profundamente



LIGA ARGENTINA POR LOS DERECHOS DEL HOMBRE

Corrientes 1785 T.E./Fax 54 11 43713939

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